1.
Superior de Medellín T. El error en el "nomen juris" de la infracción que la ley procesal penal sanciona con nulidad (art. 210 ord. 5°) hace referencia a la calificación genérica de la ilicitud en la parte resolutiva del auto enjuiciatorio. Nuevo Foro Penal [Internet]. 19 de agosto de 2016 [citado 22 de noviembre de 2024];1(5):127-9. Disponible en: https://publicaciones.eafit.edu.co/index.php/nuevo-foro-penal/article/view/3747