La marca táctil o de textura en el ámbito de la Comunidad Andina:Apropósito de la interpretación prejudicial 242-IPIP-2015 del Tribunal Andino Inconveniencias jurídicas y políticas de la actuación colombiana

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Juan Manuel Indacochea Jáuregui

Keywords

Derecho de marcas, Derecho de la integración, Distintividad Adquirida, Funcionalidad, Representación gráfica

Resumen

El segundo “enclosure of the commons” supone la apropiación gradual de los “informational commons”. La necesidad de mantener ciertos signos disponibles para ser usados por todos los competidores en el mercado afecta de manera particular al sistema de registro constitutivo de derecho de marcas, que frecuentemente debe compensar su inflexibilidad por medio de la figura de la distintividad adquirida o “secondary meaning”. El 24 de agosto de 2015, el Tribunal Andino se pronunció con ocasión de la interpretación prejudicial 242-IP-2015, sobre la marca de textura consistente en la superficie de la botella “Old Parr”1. La decisión citada es el primer pronunciamiento de un tribunal internacional relativo a una marca táctil, es por ello que la misma comporta un hito en el desarrollo progresivo del derecho de marcas. El presente ensayo explorará los recientes desarrollos en la materia, analizando la aplicación de los criterios de representación gráfica y funcionalidad a este nuevo tipo de marca, así como sus posibles formas de publicación, a la luz de la citada decisión.

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