Fortaleciendo la aplicación de los derechos laborales fundamentales: ¿Puede un nuevo modelo de acuerdo internacional de inversiones ayudar a las empresas a ser más socialmente responsables?
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La historia de la regulación de las inversiones extranjeras se caracteriza por su atención exclusiva a las obligaciones de los Estados anfitriones, y una total falta de atención sobre la regulación de la forma en que las MNCs realizan sus operaciones fuera de sus países de origen.El impulso de los países en desarrollo, durante los setenta, para revertir esta situación mediante la adopción de regulaciones globales tendentes a disciplinar la conducta de las MNCs se diluyó ante la fuerte resistencia desarrollada por sus oponentes. La necesidad percibida de establecer ciertos límites a las MNCs no vio respuesta alguna hasta los noventa cuando, en el marco de un contexto totalmente distinto, comenzaron a aparecer los Códigos de Conducta Corporativa (CCCs). Éste fue el comienzo de lo que podría denominarse “la era de la Responsabilidad Social Corporativa”. Pese al limitado ámbito de aplicación y la falta de mecanismos de aplicación que caracteriza a estos Códigos, el debate acerca de la posibilidad de adoptar normas internacionales que obligaran a las MNCs nunca fue retomado. De hecho, cuando los países desarrollados percibieron la necesidad de reforzar los derechos laborales en el mundo en desarrollo, canalizaron todas sus energías hacia la imposición de obligaciones internacionales sobre los gobiernos de los países importadores de inversiones. Así, si bien muchos acuerdos económicos internacionales prevén estándares mínimos de protección que los países anfitriones deben garantizar a los trabajadores dentro de su territorio, ninguno de ellos se refiere a los estándares mínimos de trato que las MNCs deberían asegurar a los trabajadores que emplean fuera del territorio.
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